Banco de la República

El Banco de la República de Colombia expide la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83 del 5 de octubre de 2021

03/11/2021

El pasado 5 de octubre de 2021, el Banco de la República de Colombia expidió la Circular Reglamentaria Externa DCIP-83 con asunto de procedimientos aplicables a las operaciones de cambio. Esta circular modifica la a Circular Reglamentaria Externa DCIP – 83 del 1 de septiembre de 2021.

Entre sus modificaciones más relevantes podemos encontrar las siguientes:

  1. Cuando se trate de compraventa de divisas entre los IMC a los que hace referencia el artículo 8 de la R.E. 1/18 de la J.D. (operaciones interbancarias) no se requerirá transmitir declaración de cambio al Banco de la República, así la operación se liquide bilateralmente o a través de una cámara de riesgo central de contraparte autorizada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
  2. Si el pago en moneda extranjera por parte del IMC al residente que vende la cartera o los instrumentos de pago se realiza a través del mercado cambiario, se deberá transmitir el Formulario No. 10 “Registro, Informe de Movimientos y/o Cancelación Cuenta de Compensación” o suministrar la información de los datos mínimos por concepto de servicios, transferencias y otros conceptos, según corresponda.
  3. Se modifican disposiciones sobre la venta a los IMC de cartera o instrumentos de pago derivados de operaciones entre residentes (operaciones internas) cuyo pago se encuentra autorizado en divisas.
  4. Permite que los créditos externos puedan ser desembolsados en moneda legal colombiana.
  5. Se adiciona el numeral 11.1.1.7. “Venta a los IMC de cartera o instrumentos de pago de las operaciones internas de que trata el artículo 97 en las que participen sucursales del régimen cambiario especial.

Fuente

Banco de la República de Colombia, Circular Reglamentaria Externa DCIN-83.
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