En 33.50% fue determinado el límite de usura para el segundo trimestre de 2017

03/04/2017

A través de la Resolución 488 del 28 de marzo de 2017, la Superintendencia Financiera certificó el interés bancario corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 22.33%, lo cual representa la disminución de un punto básico (-0.01%) en relación con la anterior certificación.

Considerando que el interés remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el interés bancario corriente, es decir, en 33.51% efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, tal es el límite de usura, delito en el que incurriría quien reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda el límite antes referido.

Mediante la Resolución 1233 de 2016, la Superintendencia Financiera certificó para el periodo comprendido entre el primero de octubre de 2016 al 30 de septiembre de 2017, el interés bancario corriente para las modalidades de microcrédito en 36.73%, y en 35,47% para el crédito de consumo de bajo monto.

  • Servicios

  • Sectores