Exoneración de renovación y pago de la matrícula mercantil, para la pequeña empresa joven.

24/02/2017

Las pequeñas empresas que tengan participación de uno o varios jóvenes menores de 35 años, que representen como mínimo la mitad más uno de las cuotas, acciones o participaciones en que se divide el capital y las personas naturales que tengan hasta 35 años, pueden estar exoneradas en este año de la renovación y pago de la matrícula mercantil.

Para ello, deben haber sido creadas e inscritas en el registro mercantil, a partir del 2 de mayo de 2016 en adelante, fecha de vigencia de la Ley 1780 de 2016 que promueve el empleo y emprendimiento juvenil, y cumplan con las condiciones establecidas en el numeral 1 del artículo 2 de la Ley 1429 de 2010, esto es, que el personal no sea superior a 50 trabajadores y sus activos totales no superen los 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

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