año gravable 2022

Fechas para presentar información exógena para el año gravable 2022

20/10/2021

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales publicó el pasado 14 de octubre de 2021 un proyecto de resolución en la cual fija las fechas en las cuales los contribuyentes deberán presentar a la autoridad tributaria la información exógena para el año gravable 2022.

La norma en su artículo primero señala quiénes son los sujetos obligados a presentar información exógena entre los cuales están: las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, las cooperativas de ahorro y crédito, las bolsas de valores y los comisionistas de bolsa, las Cámaras de Comercio, las personas naturales que hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000), los obligados a presentar estados financieros consolidados, entre otros.

Para grandes contribuyentes, el plazo concedido corresponde al periodo entre el 2 al 15 de mayo de 2023, mientras que, cuando se trate de una persona jurídica y natural, el plazo corresponde al periodo entre el 16 de mayo hasta el 5 de junio del 2023.

La información debe presentarse a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- por medio de los servicios informáticos electrónicos de la autoridad tributaria, haciendo uso del instrumento de firma electrónica.

Si la información no es suministrada por el contribuyente obligado dentro de los plazos establecidos, o el contenido presente errores o no corresponda a lo solicitado, dará lugar a lo contemplado en el artículo 651 del Estatuto Tributario que contempla las sanciones por no enviar información tributaria requerida o enviarla con errores.

Fuente

Proyecto de Resolución. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales.
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