declaración andina de valor

¿Importadores pueden seguir usando el formulario 560 para la Declaración Andina de Valor?

05/08/2020

La declaración andina de valor es el documento utilizado para la aplicación del Acuerdo sobre Valoración de la OMC, que permite declarar los elementos de hecho y circunstancias relativas a la transacción comercial de las mercancías importadas y que sirve para determinar el valor en aduana y dar un trato uniforme a todas las importaciones efectuadas al Territorio Aduanero de la Comunidad Andina (CAN).

La CAN ha determinado la implementación de la presentación electrónica de la declaración andina de valor, estableciendo como fecha límite para ello el 30 de junio de 2020. Esta implementación ya ha sido realizada por Bolivia, Ecuador y Perú, mientras que Colombia aún no la ha implementado. Por ello, mediante Resolución 2155 de 26 de junio de 2020, la CAN aplazó para el 30 de junio de 2022 la fecha límite para que se implemente la presentación electrónica.

En virtud de lo anterior, la DIAN informó a los importadores del país que, si requieren presentar la declaración andina de valor al momento de realizar la importación de mercancías, sigue vigente el formulario 560 según el Decreto 1165 de 2019 y la Resolución 46 de 2019.

Fuente

CAN, Resolución 2155 de 26 de junio de 2020

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