Contador público

Obligación legal del contador a mantenerse actualizado en sus conocimientos técnicos

06/10/2021

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, mediante Concepto 505 del 24 de septiembre de 2021, conceptuó acerca de las obligaciones profesionales que tienen los contadores públicos refiriéndose específicamente a la obligación que estos tienen de mantener actualizados sus conocimientos contables.

Al respecto, la Entidad trajo a colación la Ley 43 de 1990 que reglamenta la profesión de Contador público, específicamente el artículo 8 numeral 4 de dicha ley que establece que:

“De las normas que deben observar los Contadores Públicos. Los Contadores Públicos están obligados a:

4. Vigilar que el registro e información contable se fundamente en principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia”

Por otro lado, el artículo 37.7 de la misma ley dispone que el Contador Público sólo deberá contratar trabajos para lo cual él o sus asociados o colaboradores cuenten con las capacidades e idoneidad necesaria para que los servicios comprometidos se realicen en forma eficaz  y  satisfactoria. Igualmente, el Contador Público, mientras se mantenga en ejercicio activo, deberá considerarse permanentemente obligado a actualizar los conocimientos necesarios para su actuación profesional y especialmente aquéllos requeridos por el bien común y los imperativos del progreso social y económico.

En este orden de ideas, el contador público está obligado a mantener actualizados los conocimientos necesarios para desempeñar su labor siempre que esté activo en el ejercicio de esta profesión. Si el profesional contable no atiende esta obligación legal puede estar sujeto a sanciones como lo establece el artículo 23 y 26 de la ley 43 de 1990.

Fuente

Consejo Técnico de la Contaduría Pública, Concepto 505, 24/09/2021.
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