Por ningún motivo podrán los propietarios o administradores intervenir en distribución de las propinas.

27/11/2018

La ley 1935 de 2018 reglamentó las propinas, definiéndolas como el reconocimiento en dinero que en forma voluntaria el consumidor otorga a las personas que hacen parte la cadena de servicios en los establecimientos  comerciales, por el buen servicio y producto recibido e independiente del valor de venta registrado.

 

La mencionada ley también definió la naturaleza y destinación de la propina, al disponer que los ingresos por concepto de propinas recibidos por los trabajadores de los establecimientos, no constituyen salario. Por su parte, al ser la propina producto de un acto de liberalidad del cliente, que quiere de esta manera gratificar el servicio recibido, los beneficiarios de ella son única y exclusivamente las personas involucradas en la cadena de servicios, con lo cual prohíbe la ley a los propietarios y/o administradores de los establecimientos de comercio, intervenir de cualquier manera en la distribución de las propinas, retenerlas, o destinar alguna parte de ellas a gastos que por su naturaleza le corresponden al establecimiento, tales como reposición de elementos de trabajo, pago de turnos, reposiciones de inversión o cualquier otra que no corresponda al pago del trabajador. 

 

Bajo tal contexto, al ser consultado el Ministerio del Trabajo sobre la legalidad de realizar descuentos en las propinas que son pagadas por medio de tarjetas débito o crédito, concluyó la entidad que la ley es enfática al advertir que ningún propietario y/o administrador podrá intervenir de cualquier manera en la distribución de las propinas o destinar alguna parte de ellas a gastos que por naturaleza le correspondan al establecimiento.

  Por tal motivo, señaló el Ministerio que en caso de existir alguna violación de lo establecido en la norma, deberá acudirse a la Superintendencia de Industria y Comercio, quien es la competente para conocer al respecto.

Fuente: Ministerio del Trabajo, Concepto 40217 del 26 de octubre de 2018

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