propiedad horizontal

Reconocimiento de pérdidas de encargos fiduciarios en la Propiedad Horizontal

30/06/2021

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública ha resuelto unos interrogantes en torno a la propiedad horizontal. En específico se expidió un concepto sobre como se debe hacer el registro correcto de las pérdidas que arroja un encargo fiduciario en su extracto mensual en una copropiedad perteneciente al grupo tres.

También teniendo en cuenta que cuando se presentan rendimientos, si se debiesen registrar en un ingreso por rendimientos financieros, pero cuando son pérdidas se deben registrar en un gasto o como menor valor del ingreso por rendimiento por rendimientos financieros.

El CTCP se pronunció expidiendo un concepto en el cual determina que en primera instancia que se trata de un hecho económico, rendimientos realizados por medio de encargos fiduciarios. Por ello, la forma correcta de presentarlo es como un único rubro en donde se logre determinar e indicar el resultado neto, es decir, las ganancias y las pérdidas.

Fuente

Concepto del Consejo Técnico de la Contaduría Pública 235 del 22 de junio del 2021.
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