estados financieros

Sobre la medición posterior de instrumentos financieros

20/05/2021

El 28 de abril de 2021 el Consejo Técnico de la Contaduría Pública expidió un concepto en el cual abarcaba una situación hipotética en la cual se expone un caso en el cual los estados financieros se tiene registro para tres carteras colectivas las cuales presentaron desvalorización para marzo y esto se registró efectuando débito al ingreso y la pregunta surge sobre cual sería la manera correcta para el registro de la desvalorización y si en el momento de presentar revalorización este ingreso va a amortizar el deterioro hasta cubrirlo en su totalidad.

Al respecto, el Consejo afirmó que para la contabilización de los activos y pasivos financieros, una entidad aplicará los lineamientos del maco de información financiera que sea necesaria por reglamento, o que haya sido adoptado de manera voluntaria por la entidad. Para lo anterior, se deberán aplicar las directrices establecidas en el Decreto Único Reglamentario – DUR 2420 de 2015.

En cuanto a las carteras colectivas, en caso de que el banco remita un informe final de cada mes sobre sus valorizaciones o desvalorizaciones, dicho documento servirá de base para registrar los ingresos o gastos por valorización de las mencionadas carteras colectivas. Teniendo en cuenta la materialidad de la cartea, el criterio para contabilizar el valor puede ser el de ingresos o gastos por valorización o desvalorización. Los conceptos mencionados anteriormente se pueden presentar de manera separada en el estado de resultados, o formando parte de otros ingresos o gastos de la entidad. En este último, se podrían generar dos cuentas para el registro, sin embargo para efectos de presentación de los estados financieros la valorización o desvalorización podría tratarse por el importe neto. 

Fuente

Concepto del Consejo Técnico de la Contaduría Pública No. 2021-0283.
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