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Superintendencia de sociedades reiteró que prima de emisión de acciones no aplica en la venta de acciones de su titular

08/09/2021

El pasado 4 de agosto de 2021, la Superintendencia de Sociedades se pronunció, mediante Concepto No. 220-103001, frente a la aplicabilidad de la prima de colocación de acciones en la venta de acciones por parte de un titular.

Frente a este punto, recordó en primera medida que, cuando se fija un valor superior al nominal para las acciones, la diferencia entre el precio nominal y el precio al que fueron ofrecidas corresponde a la prima de emisión de acciones, la cual halla fundamento en las ofertas de suscripción de acciones que se presentan en los términos estipulados por la ley, los estatutos sociales y, adicionalmente, por el reglamento de suscripción.

Al respecto, la Superintendencia de Sociedades afirmó tajantemente que la prima de emisión de acciones solamente aplica cuando se estén suscribiendo acciones de la sociedad y no de accionistas.

Finalmente, la misma entidad apuntó que la prima de emisión de colocación de acciones tiene un origen en el contrato de suscripción de acciones, la cual se materializa cuando la sociedad en cuestión emite acciones y estas son adquiridas por terceros, quienes pagan un valor superior al fijado nominalmente.

Fuente

Concepto No. 220-103001 del 4 de agosto de 2021.
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