La sinergia entre la industria turística y la cinematográfica

19/12/2016

En muchas ocasiones, la sinergia entre dos actividades empresariales aparentemente ajenas se ha convertido en un “maridaje» económico-estructural. Ello ha ocurrido en ocasiones entre el “cine» y la Industria turística. Huelga decir los casos de ciudades como Los Angeles, Paris, Roma, etc… Al nivel de país, un ejemplo es Irlanda, donde la actividad de producción cinematográfica ha ido en desarrollo desde hace ya muchos años y ha confluido con la actividad turística.

Al incuestionable encanto de estas ciudades y territorios, hay que unir la vinculación con el “séptimo arte». Y por ello, la oferta turística de estos territorios va inexorablemente unida al hecho diferencial de naturaleza cinematográfica.

En España, tradicionalmente el turismo ha ido asociado al componente sol y playa. Sin embargo, desde hace unos años los agentes económicos se han dado cuenta que el binomio sol/ playa generaba una demanda turística demasiado focalizada y con un recorrido, cuanto menos, limitado. La diversificación del propio sector turístico ha ido vinculada a otras “industrias», tales como la “deportiva» (el golf es un ejemplo), o la “sanidad» (el turismo de salud es otro ejemplo).

En estas breves líneas queremos apuntar otro elemento de sinergia con el turismo que ya anticipábamos: “la industria cinematográfica».

Pues bien, nuestro legislador se percató de ello y desde el año 2015 (Ley 27/2014) los incentivos fiscales para la producción cinematográfica y series audiovisuales han mejorado notablemente. De tal forma que la deducción en la cuota del Impuesto de sociedades llega al 20% para el 1er millón de euros invertido (el resto tiene una deducción del 18%), todo ello con un importe máximo de inversión acogida a este incentivo de 3 millones de €.

Por otro lado, la Ley 20/1991 aplicable exclusivamente al archipiélago canario, hace que todos los incentivos a la inversión en el referido Impuesto de Sociedades se aumenten en 20 puntos porcentuales cuando el sujeto pasivo reside en Canarias y la producción se realiza en este territorio. Como resultado de ello, el porcentaje de deducción por inversiones sería del 40% para el 1er millón de € y del 38% para el resto, con un importe máximo de 5,4 millones de €.

Además, cuando la producción es extranjera también se prevé una deducción del 35% sobre las inversiones que se realicen en el archipiélago, aunque es preciso en este caso que haya una coproductora residente en Canarias.

Estos dos tipos de incentivos han coadyuvado a la realización de producciones cinematográficas en territorio Canario en los últimos 2 años, cuando antes este tipo de actividad era una “rara avis» en esta Comunidad.

Efectivamente, según el Gran Canaria Film Comission, la inversión directa solo en esta Isla durante los últimos dos años asciende a más de 20 millones de euros. Todo ello, además de los efectos externos inducidos en la propia industria del cine. Junto con esto, tal y como decíamos antes, habría que añadir la sinergia que puede inducir a otros sectores productivos, y entre ellos, el turismo.

Para finalizar, un breve apunte: Como desarrollo y en aplicación de esta serie de incentivos fiscales, algunos intermediarios (productoras y entidades financieras), están propiciando un mecanismo de búsqueda de financiadores de proyectos cinematográficos, todo ello a través de las denominadas Agrupaciones de Interés Económica (AIE). No es este el espacio más adecuado para desarrollar los aspectos legales y fiscales que puedan derivarse de la utilización de estas entidades, pero si debemos reseñar que desde Auren tenemos la especialización necesaria para asesorar en este tipo de inversiones que tienen un componente tributario muy significativo.

Francisco Fernandez de Pedro, Socio de Auren Abogados y Asesores Fiscales y profesor del Master Tributario de la Universidad Internacional de Canarias.

  • Servicios

  • Sectores