Beneficios de un Programa de Prevención de Lavado de Dinero

16/05/2017

En los últimos años, la prevención y el combate al Lavado de Dinero y el Financiamiento al Terrorismo (LD/FT), han sido una de las principales prioridades de la comunidad internacional, en virtud de que estos ilícitos representan un gran riesgo para la paz y la seguridad internacionales, por sus efectos negativos en la integridad de las instituciones y la estabilidad de los sistemas financieros de los Estados.

México al ser parte de los principales organismos multilaterales especializados en la materia de Prevención y combate al Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo (LD/FT). ha realizado importantes avances para fortalecer su régimen de prevención y combate al LD/FT, tales como: la penalización de estos delitos conforme a los más altos estándares internacionales; la creación y fortalecimiento de la Unidad de Inteligencia Financiera de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (UIF); la emisión de diversas disposiciones en materia de prevención al LD/FT aplicables a las entidades financieras así como a las actividades vulnerables no financieras; el fortalecimiento de las autoridades reguladoras y supervisoras, entre otros.

Ahora bien, tanto las instituciones financieras, como los sujetos que realizan actividades vulnerables (Personas Físicas y Morales) conforme a lo establecido en la Ley Federal para Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI), han tenido primeramente que cumplir con las disposiciones legales en dicha materia  así como implementar controles necesarios para reducir sus riesgos, puesto que, al incumplir con los requerimientos legales podría implicar sanciones y multas tanto administrativas como penales, así como un daño en la reputación de la propia institución de que se trate.

En este sentido, para que los sujetos obligados en materia de Prevención de Lavado de Dinero cumplan adecuadamente con las disposiciones legales a las que se encuentra afecta, es recomendable que cuenten con un Programa de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento al Terrorismo, que cuente con los siguientes elementos, mismos que son los mínimos establecidos por las disposiciones de la Ley Federal para Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI) consistentes en:

  • Contar con un Enfoque (Matriz de Riesgo) basado precisamente en los Niveles de Riesgos conforme a las necesidades de cada institución financiera o sujeto que realice actividades vulnerables; identificando las operaciones, clientes y/o usuarios, Países o regiones donde se realizan dichas operaciones, lo que permitiría identificar si la entidad está llevando a cabo operaciones de alto, medio o bajo riesgo;  
  • Implementación de Políticas, Procedimientos y Controles Internos consistentes con el nivel de riesgo identificado conforme al Enfoque (Matriz de Riesgo);
  • Contar con un sistema automatizado para llevar a cabo el monitoreo de las transacciones, así como la emisión de alertas, diseñando un programa de acuerdo a las necesidades de cada empresa o entidad financiera;
  • Un programa Integral de capacitación al personal que tenga contacto con las operaciones vulnerables, incluidos desde los Directores hasta el personal que lleva a cabo dichas operaciones con el cliente o usuario, así como la difusión del mismo que debe de ser coherente con los resultados de la implementación del Enfoque Basado en Riesgos y
  • Realizar una Auditoria la cual puede ser realizada por un Auditor Externo o bien por un Auditor Interno de la entidad o empresa, que cuente con una Certificación en Materia de PLD, con la finalidad de evaluar si la entidad o bien la empresa cumple con las disposiciones en materia de PLD.

Por lo anterior es recomendable e incluso necesario que las instituciones financieras y las empresas o sujetos que realicen actividades vulnerables, contemplen la posibilidad de contar con un Programa de Prevención de Lavado de Dinero, el cual, como se ha detallado permitiría identificar de manera idónea los riesgos inherentes a los que está expuesta la institución, esto es para controlar y mitigar los riesgos a lo que probablemente pudiere encontrarse y no estén en el supuesto de incumplimiento de sus obligaciones ante la autoridad competente.

Además, el contar con un Programa de Prevención de Lavado de Dinero, permitiría a la entidad, empresa o sujeto contar con la actualización de las disposiciones de PLD, y estar al día respecto a las novedades en los estándares internaciones en dicha materia, por lo que sin duda como se ha sugerido, es recomendable la implementación de dicho programa. En Auren contamos con un equipo de expertos en el tema, con gusto le atendemos.

Lic. Felipe Ochoa Martínez – Socio de Auren México experto en temas Legales y Fiscales

Lic. Perla Itzel Juarez Flores – Asociada 

Auren Guadalajara 

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