Expulsión del RESICO por parte del SAT: Una Medida Inconstitucional y Desproporcionada

06/02/2024

El Servicio de Administración Tributaria ha dado un paso controversial al expulsar a contribuyentes del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) en forma masiva; una acción que ha suscitado debates y cuestionamientos en el ámbito fiscal. El RESICO, concebido para facilitar el cumplimiento tributario a pequeñas empresas y personas físicas con actividades empresariales, se ve ahora en el centro de una polémica debido a la reciente medida del SAT.

El RESICO, caracterizado por su simplificación en el cálculo del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y otras particularidades como la acumulación de ingresos mediante el flujo de efectivo y la eliminación de deducciones para ISR en personas físicas con actividad empresarial, ha sido un alivio para muchos contribuyentes con ingresos anuales moderados. Sin embargo, desde noviembre del año pasado, el SAT ha comenzado a expulsar en forma definitiva a contribuyentes del RESICO por diversas razones, incluyendo el sobrepasar los límites de ingresos permitidos por el régimen o no presentar declaraciones anuales.

Esta medida del SAT plantea serias cuestiones legales, principalmente en dos frentes. En primer lugar, está expulsión masiva del régimen se está realizando en forma retroactiva, de tal modo que la autoridad pretende que los contribuyentes tributen conforme al nuevo régimen al cual han sido desplazados (Régimen General de Personas Físicas o Morales, dependiendo del caso), a partir de 2022, lo cual es inconstitucional y va en contra de los derechos fundamentales de los contribuyentes, generándoles cargas desproporcionadas para pagar impuestos retroactivos con tasas mucho más elevadas.

Además, esta medida transgrede el principio de subordinación jurídica, de conformidad con el cual, los elementos de una sanción deben estar expresamente previstos en una ley, y no en otras disposiciones inferiores como lo es la Resolución Miscelánea Fiscal; pues la autoridad intenta sustentar su actuación en disposiciones reglamentarias como la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023 que impone sanciones no previstas en la ley. La mencionada resolución excede su ámbito de competencia al establecer condiciones que no están respaldadas por la ley, lo cual contradice la jerarquía normativa y afecta la seguridad jurídica de los contribuyentes.

Por otra parte, la medida del SAT carece de proporcionalidad al considerar la presentación de la declaración anual como un requisito absoluto sin tener en cuenta circunstancias atenuantes, como la presentación extemporánea de la misma. El principio de proporcionalidad exige que las medidas adoptadas por la autoridad fiscal sean adecuadas, necesarias y proporcionales a la finalidad perseguida, lo cual no se cumple en este caso.

Y estas, son sólo algunas de las ilegalidades cometidas por el SAT al momento de expulsar a los contribuyentes del RESICO, pues también encontramos algunos otros vicios como indebida fundamentación y motivación de su competencia, violación al procedimiento, entre otras.

Por ello, es imperativo que los contribuyentes afectados por esta medida ejerzan su derecho a la defensa a través de recursos de revocación y juicios de nulidad para evitar que se les expulse permanente del RESICO. La normativa aplicada por el SAT debe estar en consonancia con la ley y respetar los derechos fundamentales de los contribuyentes.


En resumen, la medida del SAT de expulsar contribuyentes del RESICO representa un retroceso fiscal que vulnera principios constitucionales y legales fundamentales ante la cual puedes defenderte. Si has sido expulsado del RESICO recientemente, en Auren podemos apoyarte con un servicio de defensa legal especializada en contra de estas actuaciones ilegales para que continúes tributando en el Régimen Tributario de tu elección.

MARIANA ZAPATA DÁVILA – ABOGADA JR.

AUREN MÉXICO

  • Servicios

  • Sectores