70- SE VIENE LA FACTURA ELECTRONICA

17/05/2012

A medida que avanza el desarrollo tecnológico, la implementación de comprobantes electrónicos en sustitución del papel parece como algo inevitable, y será la nueva realidad a la que deberemos adaptarnos en un futuro no muy lejano. Recordemos que a nivel administrativo ya se encuentra funcionando el expediente electrónico, y en los próximos meses comenzará su implementación a nivel judicial.

Algo similar es lo que va implantar la DGI por medio de “Comprobantes Fiscales Electrónicos” (CFE), la cual, como forma de asegurar una adecuada implementación y control del nuevo régimen, ha dictado recientemente la Resolución Nº 798/012, haciendo uso de las facultades otorgadas por medio del Decreto Nº 36/012.

¿Qué son los CFE?

Son documentos digitales generados y firmados electrónicamente, mediante los cuales se documentarán las operaciones que producen efectos tributarios. Los CFE se emitirán en formatos preestablecidos por la DGI, y a todos los efectos, tendrán  la misma validez que los actuales comprobantes.

¿Desaparecerá totalmente el papel?

No. Por una parte, porque no se permite la documentación de operaciones de exportación mediante CFE, las cuales deberán continuar documentándose de acuerdo con el régimen actual, y además porque está prevista la impresión de los CFE en los siguientes casos:

– Operaciones con receptores no electrónicos (consumidores finales y contribuyentes no adheridos al nuevo régimen; esto último hasta tanto el mismo no se encuentre plenamente operativo).

– Transporte de bienes.

En caso de fallas momentáneas del sistema se prevé la emisión de “Comprobantes Fiscales de Contingencia” (CFC), los cuales serán comprobantes preimpresos que en términos generales deberán cumplir con las normas generales de documentación actualmente vigente. No obstante, se dispone que una vez superada la falla, deberá emitirse el correspondiente CFE.

¿Será todo igual que ahora pero electrónico?

No, ya que la DGI va a tener acceso a toda la documentación emitida por las empresas, lo cual actualmente no sucede (salvo en caso de fiscalizaciones).

Entre otros controles se dispone que en caso de operaciones entre contribuyentes, deberá enviarse a la DGI copia de los CFE previo a su envío al receptor, se deberá  enviar además un reporte diario con el detalle de los CFE y CFC emitidos en el día, y los contribuyentes deberán  publicar en la web de la DGI los CFE emitidos a efectos de su verificación.

¿Cuándo se implementará?

En el 2011 se comenzó con la implementación pero solo en unas pocas empresas seleccionadas.

Durante el presente año se prevé extender el régimen en forma voluntaria, y en el próximo año está prevista la inclusión obligatoria para ciertos grupos de contribuyentes.

Recordemos que como forma de lograr la adhesión voluntaria, se dictó el Decreto Nº 324/011, por medio del cual se otorgan ciertas exoneraciones de impuestos a los contribuyentes que inviertan en la tecnología necesaria para la generalización del régimen.

Conclusión

Más allá de la resistencia inicial que genera todo cambio, y una vez que el mismo se encuentre plenamente operativo, entendemos que sin duda el nuevo régimen tendrá un sinfín de ventajas: facilitar las tareas de fiscalización de la DGI, combatir el fraude, aumento de la eficiencia, reducción del costo derivado de impresión, envío y almacenamiento de comprobantes físicos, entre otros. Y sin duda que la reducción del consumo de papel tendrá un impacto positivo en el medio ambiente, punto que sin duda no es menor.