80- PROYECTOS DE INVERSIÓN: ANÁLISIS DEL DECRETO – Nº 2/012

27/07/2012

Como es de público conocimiento, el pasado 9 de enero fue publicado el Decreto Nº 2/012. Éste establece los nuevos lineamientos del régimen de promoción de inversiones, reglamentado anteriormente por el Decreto 455/007.

Entendemos que uno de los cambios principales radica en el tope de exoneración del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) por ejercicio. Pasándose de una exoneración de hasta el 90% del IRAE en la primera mitad del plazo y porcentajes decrecientes en los ejercicios siguientes, a un 60% en todo el plazo en el nuevo régimen.

Por otra parte, a partir del nuevo decreto, al momento de estudiar la viabilidad de un proyecto de inversión el enfoque es radicalmente distinto.

El Decreto Nº 2 de 2012 establece una matriz única de evaluación que puntuará los siguientes indicadores:

– generación de empleo (el puntaje se relaciona con la remuneración, rango etario, género y si es o no empleo rural),

– aumento de exportaciones (computándose las exportaciones indirectas en el agro),

– P + L ó I + D + i,  

– descentralización

– indicador sectorial (depende del ministerio evaluador según sea el caso).

Además, el puntaje de cada indicador ya no depende únicamente del compromiso a asumir, sino que en casi todos los casos se relaciona con el importe de la inversión.

Del puntaje obtenido en la matriz surge el porcentaje de exoneración sobre la inversión y plazo de aprovechamiento para cada proyecto.

Estos cambios no sólo introducen una complejidad adicional para el inversor, por la cantidad de variables a considerar para estimar el beneficio potencial a obtener, sino que lleva en muchos casos a desestimar esta alternativa por no logar acceder al puntaje mínimo necesario para lograr el 20% de exoneración mínima sobre la inversión. Cabe señalar que este beneficio mínimo, que representa menos de la mitad del que partía el Decreto 455/007 (51% si el proyecto era evaluado por pequeño proyecto), es alcanzado con un esfuerzo sustancialmente mayor.

Existe también un incentivo para los proyectos presentados por Micro y Pequeñas empresas. Éstos podrán elegir ser evaluados únicamente por el indicador de empleo, siempre que la inversión sea menor a U.I. 3,5 millones (USD 390.000 aproximadamente). De optar por la evaluación a través de la matriz general obtendrán un 10% adicional de exoneración de IRAE.

Antes el análisis se centraba en la evaluación por pequeño proyecto vs matriz de indicadores, en busca de la mayor exoneración efectiva.

Sin embargo, como consecuencia de los cambios introducidos, ahora el enfoque radica en buscar el modo de alcanzar el puntaje mínimo que permita acceder a los beneficios fiscales previstos por este régimen.

En segunda instancia, en muchos casos se vuelve interesante la comparación entre el beneficio conseguido por la presentación de un proyecto, con el beneficio obtenido mediante la Exoneración por Inversiones.

Este último permite descontar del resultado fiscal el 40% de la inversión realizada, en determinados bienes muebles, en un plazo de tres años (representando un 10% del IRAE, 40% x 25%), sin necesidad de realizar presentación alguna ni asumir compromisos adicionales.

Conclusión

En suma, habría que preguntarse si  los cambios introducidos son suficientes y adecuados para fomentar la inversión de la gran mayoría de las empresas uruguayas (PYMES), favoreciendo de este modo la generación de las externalidades positivas deseadas por este régimen.