Razón de negocios y materialidad de las operaciones para efectos fiscales

22/08/2022

La contabilidad electrónica en México cada vez se vuelve más compleja por las constantes modificaciones a la ley y los candados que aplica la autoridad fiscal con el objetivo de combatir la evasión e incrementar la recaudación de impuestos.

Actualmente la emisión de un CFDI no es suficiente prueba para el SAT de que que una operación comercial sea real y válida, lo que nos lleva a entender la razón de negocios y materialidad de las operaciones para efectos fiscales.

Este concepto indica que la autoridad tributaria podría considerar que una transacción no cuenta con la justificación de negocios para llevar a cabo una operación ni con la materialidad para sustentar dicha transacción.

Función de la razón de negocios y materialidad

La autoridad fiscal busca eliminar la compra-venta de comprobantes fiscales, frenar la obtención de devoluciones de impuestos indebidas, evitar que las empresas actúen fuera de su rango u objeto social, bloquear el uso de terceras personas para integrar las sociedades o evitar personas morales de corto ciclo de vida.

Claro está que si una operación es considerada inválida no se podrá contabilizar ni deducir y en tal caso el contribuyente estará en peligro de caer en una omisión o en un error contable que deberá solucionar.

Qué es la razón de negocios

La razón de negocios es el motivo u objeto que delimita la actividad económica de una empresa, con el cual opera y obtiene ingresos y utilidades derivados de su acción económica.

Mientras la materialidad es su capacidad de comprobar que su operación está dentro de los límites o facultades de su razón social.

En materia fiscal, la razón de negocios se da cuando en una transacción el beneficio económico razonablemente esperado es menor al beneficio fiscal obtenido en esa operación.

Un beneficio económico razonable se genera cuando en las operaciones del contribuyente hay un ingreso, una reducción de costos, en caso de que aumente el valor de los bienes que sean de su propiedad, al mejorar su posicionamiento en el mercado, entre otras situaciones. Los beneficios fiscales se alcanzan mediante deducciones, exenciones, no reconocimiento de una ganancia o ingreso acumulable, el acreditamiento de contribuciones, un cambio de régimen fiscal, etcétera, y nada de esto tendrá validez si el SAT no reconoce la razón de negocios y materialidad de las operaciones.

Cómo se debe acreditar la materialidad de las operaciones

En este contexto, el contribuyente deberá acreditar la materialidad de sus operaciones ofreciendo a la autoridad la evidencia documental con la cual demuestra que la transacción fue real, ya sea con clientes, proveedores o con cualquier otra situación que haya un ingreso o un gasto. 

Con base en esa evidencia, el contribuyente puede probar la existencia de la empresa mediante la cual hace una operación comercial, que lleva un orden y está al corriente con sus obligaciones fiscales.

Estos son algunos elementos que marca el SAT para validar una operación:

  • Acta Constitutiva del cliente o proveedor.
  • Poderes de Representantes Legales.
  • Constancia de Situación Fiscal.
  • Registro Patronal.
  • Copia de Identificación Oficial de Socios, Accionistas y Representantes Legales.
  • Carátula de estados de cuenta bancarios.
  • Comprobante de domicilio.
  • Declaración Anual de ISR del año anterior.
  • Última Declaración Mensual de IVA, ISR y Ret. de IVA e ISR.
  • Declaración Mensual IMSS.
  • Estados financieros actualizados.
  • Localización de oficinas.
  • Fotografías del exterior e interior de las oficinas.
  • Contrato de Prestación de Servicios.
  • Propuesta de Servicios.
  • Referencias comerciales.


La razón de negocios y materialidad son puntos finos que hacen la diferencia para llevar una contabilidad impecable. Para una empresa es importante mantenerse actualizados, informados, con un orden y la consultoría adecuada para evitar cualquier omisión o descontrol frente a las autoridades fiscales.

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