Prensa | Ganancias: cómo queda el impuesto y qué cambios se necesitan (La Nación 21.5.2023)

22/05/2023

Los reajustes al esquema son insuficientes frente a la inflación, con lo cual sube la presión tributaria sobre los salarios, a la vez que persisten o se generan diferentes inequidades; qué debería hacerse para que se mida de forma adecuada la capacidad contributiva.

Apartir de este mes están alcanzados por el impuesto a las ganancias los empleados que tienen una remuneración bruta superior a los $506.230, cifra que representa, tras el descuento de los aportes a la seguridad social, un sueldo neto de $420.171. Más precisamente, desde los ingresos correspondientes a mayo y hasta nuevo aviso, no se tributará si el salario bruto de cada mes en cuestión, o bien el promedio de los salarios del período que haya transcurrido a partir de enero se ubica por debajo de la cifra mencionada.

El nuevo piso para pagar Ganancias supera en poco más de un 25% al que rigió hasta abril, mientras que la inflación del primer cuatrimestre del año llegó a 32%. A su vez, el menor sueldo sujeto al impuesto vigente en los cuatro primeros meses de 2023, de $404.062, es un 78,8% más alto que el que rigió a inicios de 2022, al tiempo que el índice de precios avanzó en el año un 94,8%. Es decir, hubo una diferencia de 16 puntos porcentuales entre la suba anual de precios y el reajuste de la base para tributar.

Que el sueldo más bajo alcanzado por Ganancias suba menos que el precio de los bienes y servicios provoca la distorsión de un principio básico, al menos teórico, de la carga fiscal. Los ingresos deberían quedar sujetos al gravamen, señalan los conocedores de la materia tributaria, solo si superan un determinado umbral, definido previamente en función de algún parámetro concreto. Y tanto ese umbral como todas las variables que intervienen en el cálculo del impuesto deberían actualizarse, de tal forma que se evite que se tribute más –como porcentaje efectivo del salario–, cuando en realidad queda igual o disminuye, por la inflación, el poder adquisitivo de los ingresos.

Gabriel Hermida, profesor en la Diplomatura en Planificación Tributaria Nacional e Internacional en la Universidad Austral, y socio de Impuestos de Auren Argentina, estima que, en el caso de las prepagas, el límite implica que puedan deducirse más o menos dos cuotas de las 12 que se pagan en el año. Muy restrictivo también es, según considera, el esquema de deducciones de gastos por la educación de los hijos, que prevé un tope mensual promedio, por empleado, de $15.056.

Para tener en cuenta la realidad económica de personas y hogares y su capacidad de contribuir, evalúa Hermida, debería extenderse la edad hasta la cual se permite la deducción por hijo. La condición actual es que sean menores de 18 años (o que estén incapacitados para el trabajo). “En realidad, y en líneas generales, los chicos viven hoy con sus padres más allá de esa edad”, advierte.

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