39- LAS EMPRESAS COMO INSPECTORES DEL ESTADO

12/10/2011

En la presente columna reflexionaremos sobre un tema que siempre existió, pero que cada vez se ve más incrementado: Las empresas como inspectores de la DGI.

En nuestra normativa fiscal existen diversas normas que habilitan al Estado a designar: “agentes de retención”, “agentes de percepción”, “responsables sustitutos” o “responsables por obligaciones tributarias de terceros”.

Las anteriores son distintas figuras jurídicas que tienen el mismo fin, y es que las empresas más formales controlen y recauden el impuesto que no pagan las empresas informales o las empresas del exterior.

Cuando el contribuyente es del exterior y por lo tanto es más difícil o imposible su fiscalización, el mecanismo se ve justificado. De esta forma, la empresa uruguaya que realiza algún pago a alguna persona  del exterior, le retiene (recauda) el impuesto que le corresponde pagar en Uruguay.

El otro caso es cuando el Estado utiliza dichas figuras como forma de simplificar el control y recaudación. En efecto, de esta forma controla a menos contribuyente mejorando la eficiencia, dado que estos retienen (recaudan) el impuesto de otros.

Muchas veces se ve justificado este segundo objetivo. Un ejemplo es el caso del IRPF de los trabajadores dependientes. Controlando a las empresas, ya se controla que todos los dependientes paguen sus impuestos.

El problema se genera cuando se comienza a abusar de este mecanismo, siendo excesiva la cantidad de retenciones (recaudación) que las empresas deben realizar, situación que pasa en la actualidad.

Pero esto no es todo, esta situación se ve agravada por el hecho que las empresas de atrasarse un día en el pago de la retención, deben pagar un 100% de multa más recargos por el impuesto que se retuvo y se demoró en volcar al Estado.

Sin embargo, esta no es la única forma en que las empresas trabajan para el Estado.

En efecto, varias empresas están obligadas a informar detalladamente sus proveedores y el importe de las compras realizadas a ellos. También deben informar a quien les venden y el importe de las mismas (detallado por cliente).

Un ejemplo es la reciente Resolución de la DGI, por la cual se pretende que los colegios privados y clubes deportivos le den información sobre sus clientes.

Toda esta información es usada por el Estado para diversos procesos de control e inspección.

Problema

Lamentablemente, todo este trabajo que recae sobre el costo administrativo de las empresas, se realiza en forma gratuita.

En otras palabras, el Estado obliga a ciertas empresas a brindar información sobre otros contribuyentes, a recaudar el impuesto de otros y para colmo le cobra multas excesivas si se retrasa en el pago.

Sin embargo, para el Estado es un negocio redondo, en la medida que se ahorra trabajo administrativo y recibe ingresos en concepto de multas y recargos.

Propuesta de mejora

Está claro que no se puede eliminar el régimen de retenciones, dado que muchas veces es el único mecanismo que le asegura al Estado la recaudación proveniente de ciertos contribuyentes.

Sin embargo, se podría apaliar el costo de las empresas remunerándolas por su trabajo.

Esta remuneración se podría efectivizar por medio de la devolución de un “X” porcentaje del monto volcado en concepto de retención por parte de la empresa.

También podría graduarse el porcentaje de multa aplicable en caso de atrasos. Por ejemplo, establecer una multa de un 20% a partir del primer día de atraso, e ir incrementándola progresivamente hasta alcanzar el 100% aplicable actualmente.

Conclusión

Varias empresas son los inspectores más eficientes de la DGI.

Esto en la medida que ayudan a aumentar la recaudación, no recibiendo nada a cambio.