Día de la familia

Día de la familia, un derecho del empleado

28/09/2023

De acuerdo con la Ley 1857 de 2017, los empleadores se encuentran obligados a disponer una jornada laboral cada semestre para que los trabajadores compartan con sus familias, obligación que se puede cumplir de 3 maneras:

  1. El empleador podrá disponer de un espacio suministrado por él mismo.
  2. El Empleador podrá realizar gestiones necesarias para que dicha jornada se coordine con la Caja de Compensación Familiar a la cual se encuentra vinculado.
  3. En la eventualidad de que las dos primeras opciones no hayan podido materializarse, se conceda al trabajador una jornada libre remunerada para el cumplimiento de dichos fines.

El Ministerio de Trabajo se ha pronunciado mediante el concepto 38425 de 2023 estableciendo que la jornada laboral semestral para que el trabajador comparta con la familia, no es acumulable. No obstante, es viable que el empleador le otorgue tal derecho al trabajador concediéndole los días no otorgados que por distintas razones no la haya concedido, para que, ante una eventual inspección del Ministerio de Trabajo, el empleador pueda demostrar que a pesar de que no lo pudo hacer durante el primer semestre, justificando las razones de su omisión, de igual forma cumplió con la norma, otorgándole al trabajador los dos días anuales.

Fuente: Concepto 38425 de 2023