Producto de la ley anti trámite y en pro de descongestionar tramites y de acuerdo al artículo 907 del Estatuto Tributario Colombiano, los impuestos que se pueden unificar este modelo de tributación son:
Con lo anterior y dependiendo las características de la Sociedad, estas pueden optar por cambiar al régimen de tributación SIMPLE, recuerde que debe realizar la evaluación de la sociedad y cumplir con los pasos que fija la DIAN (https://www.dian.gov.co/tramitesservicios/tramites-y servicios/tributarios/Paginas/RUT.aspx), donde se debe definir el tipo de inscripción, seleccionar el tipo de Persona Natural, diligenciar los datos de identificación, e ingresar los datos, continuado con el proceso para aplicar a este beneficio. Recuerde validar el cumplimiento de requisitos que están el artículo 905 del Estatuto tributario, para ser sujetos pasivos del SIMPLE las personas naturales o jurídicas.