energía

Proyecto de mecanismo alternativo de adjudicación de contratos de energía

26/08/2021

El Gobierno Nacional por medio del Ministerio de Minas y Energías ha preparado un proyecto de resolución por el cual “se define un mecanismo complementario de adjudicación de contratos de energía a largo plazo de acuerdo con el artículo 6 de la Resolución MME 4 0179 de 2021.”. Por medio de este proyecto se busca adicionar otro mecanismo de contratación para facilitar la adjudicación de contratos de concesión de energía.

El proyecto de resolución tiene por objeto promover una mayor adjudicación de energía respecto de aquella energía adjudicada en la Subasta de Contratación de Largo Plazo, en función de la Demanda Objetivo definida por el Ministerio de Minas y Energía. Además, su ámbito de aplicación será para los agentes del MEM que realicen la actividad de comercialización de energía eléctrica; y para las personas naturales o jurídicas propietarias o representantes comerciales de proyectos de generación.

El mecanismo complementario definido en la presente resolución se ejecutará en caso de cumplirse los siguientes criterios: i) que la cantidad de energía adjudicada en la Subasta de Contratación de Largo Plazo sea menor que el 95% de la Demanda Objetivo (la demanda definida por el Ministerio de Minas y Energía); y ii) que la Energía de Venta Disponible (suma de energía adjudicada parcialmente o no adjudicadas en la Subasta de Contratación de Largo Plazo), sea mayor que el 5% de la Demanda Objetivo.

La implementación de este mecanismo se llevaría a cabo por parte del subastador y este implementará el mecanismo del que trata la presente resolución como parte del proceso adelantado en el marco de la Subasta de Contratación de Largo Plazo. De igual forma, incorporará en el Pliego de Bases y Condiciones Específicas del mismo proceso, todas las medidas y procedimientos que considere aplicables al presente mecanismo complementario.

Finalmente, quien incumpla las especificaciones del mecanismo de adjudicación de contratos que define el proyecto de resolución podrá ser sancionado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Fuente

Ministerio de Minas y Energía