soportes contables

Según consejo técnico de la contaduría pública, soportes contables no deben ser físicos para tener validez legal probatoria

18/08/2021

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública emitió el concepto No. 409 de 27 de julio de 2021, por medio del cual se pronunció frente a la validez legal probatoria de los soportes contables.

Al respecto, vale la pena señalar que la Ley 527 de 1999 establece que los libros y papeles del comerciante podrán ser conservados en cualquier medio técnico, siempre y cuando se garantice su reproducción exacta. En este contexto, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública entiende que estos soportes no necesariamente deben estar impresos para obtener la información necesaria ni para tener validez legal probatoria.

Lo anterior, en la medida en que el artículo 6 de la mencionada norma dispone que, cuando un mensaje deba constar por escrito, este requisito quedará cumplido si consta en un mensaje de datos, en la medida en que la información sea accesible posteriormente para ser consultada. Posteriormente, la misma Ley reconoce que la información de un mensaje de datos será íntegra si ha permanecido completa e inalterada, sin perjuicio de la inclusión de endosos o cambios debidamente justificados.

Finalmente, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública rememoró lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley 527 de 1999, en virtud del cual se entiende que la conservación de mensajes de datos implica: a) Accesibilidad a la información para posteriores consultas; b) Que el mensaje sea conservado en el formato en que fue creado; y c) Que se conserve la información que permita determinar su origen.

Fuente

Concepto No. 409 de 27 de julio de 2021 – Consejo Técnico de la Contaduría Pública.